Muchos administradores descubren la importancia de la certificación cuando ya es tarde: llegó la fiscalización de la Dirección de Obras Municipales y el ascensor no tiene certificado vigente. La Ley 20.296 contempla sanciones económicas que pueden golpear fuerte al presupuesto del edificio.
Qué dice la ley
La Ley N° 20.296 establece que todos los ascensores, escaleras mecánicas, rampas móviles, funiculares y montacargas instalados en edificios regulados por la OGUC deben ser certificados periódicamente por un organismo habilitado ante el MINVU.
Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 150 UTM por equipo (aproximadamente 9,7 millones de pesos a valores actuales), más la obligación de regularizar bajo plazos estrictos.
Quién fiscaliza y cómo
La Dirección de Obras Municipales (DOM) de cada comuna tiene la facultad de:
- Solicitar la documentación de certificación vigente.
- Clausurar equipos que no cumplan con la ley.
- Aplicar multas al propietario o administrador.
- Requerir plazos de regularización con informes de avance.
Las fiscalizaciones pueden ser programadas o surgir a raíz de un reclamo ciudadano o un incidente.
Quién es responsable
La responsabilidad legal recae en:
- Propietarios del edificio (comunidad de copropietarios).
- Administradores designados.
- Gerentes de edificios corporativos o centros comerciales.
Una certificación vencida no se "descubre sola": el administrador tiene la obligación de mantener el registro al día y coordinar con la certificadora antes del vencimiento.
Cómo evitar la multa
1. Conoce la fecha de vencimiento de tu certificado
Los certificados tienen vigencia anual (edificios de uso público) o bienal (edificios habitacionales). Revisa cuándo vence el último emitido.
2. Coordina la recertificación con 60 días de anticipación
Esto permite corregir cualquier hallazgo técnico antes de la fecha de vencimiento, evitando el período "sin certificado vigente".
3. Exige empresa habilitada ante el MINVU
Solo las certificadoras con Rol MINVU vigente (como DS Certificaciones — Rol 13-261) pueden emitir certificados con validez legal.
4. Documenta todo
Mantén copia digital y física del certificado, informe técnico y acta de inspección. La DOM puede exigirlos en cualquier momento.
Clientes que confían en procesos bien llevados
Empresas como Cencosud, Mall Plaza, Metro de Santiago, BCI, Banco de Chile, Scotiabank, Paris, Jumbo, Santa Isabel y Red Salud UC Christus trabajan con certificadoras profesionales porque el costo de una no conformidad —multa, clausura, accidente— es siempre mayor que el costo de una certificación bien hecha.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto vale 1 UTM en 2026?
- La UTM se reajusta mensualmente según IPC. Consulta el valor vigente en el SII. A abril 2026 ronda los $65.000 CLP.
- ¿La multa es por equipo o por edificio?
- Por equipo. Un edificio con 4 ascensores sin certificar puede acumular hasta 600 UTM en sanciones.
- ¿Se puede apelar una multa de la DOM?
- Sí, existen mecanismos administrativos y judiciales, pero regularizar antes es siempre más rápido y económico.